El Ministerio de Salud y Protección Social, en uso de sus facultades, expide el Plan de Acción para la Prestación de Servicios de Salud durante las Etapas de Contención Y Mitigación de la Pandemia por SARS-CoV-2 (COVID-19) y con motivo de la pandemia mundial de Coronavirus –COVID-19, debido a que resulta necesario organizar la prestación de servicios de salud hospitalarios y de urgencia, brindados a la población colombiana.
En consecuencia, se establecen las fases y acciones para responder a la pandemia generada por SARS-CoV-2 (COVID19), que deben realizar los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud – SGSSS, en el marco de sus competencias para la prestación de servicios de salud a nivel hospitalario.
En el Plan de acción se establece las acciones a realizar por el Sistema General de Seguridad Social en Salud, en el marco de sus competencias, a saber, Secretarías de Salud Departamentales y Distritales de Salud, Secretarías de Salud Municipales o quien haga sus veces, Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB), Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), Prestadores de Servicios de Salud Públicos y Privados, Regímenes Especial y de Excepción establecidos el artículo 279 de la Ley 100 de 1993.
Asimismo, se establecen cuatro (4) fases para la aplicación de las acciones en la atención de la pandemia de SARSCoV-2 (COVID-19), de acuerdo con las condiciones propias en el territorio, las cuales se discriminan a continuación:
- Capacidad instalada existente
- Ampliación de capacidad instalada existente: Medidas para re direccionar capacidad instalada o ampliarla en infraestructuras de salud que estén prestando servicios, adquisición de equipos para conversión de camas para la atención.
- Ampliación de capacidad instalada existente: Medidas para redireccionar capacidad instalada o ampliarla en infraestructuras de salud que estén prestando servicios, adquisición de equipos para conversión de camas para la atención.
- Ampliación de capacidad instalada existente: Medidas para redireccionar capacidad instalada o ampliarla en infraestructuras de salud que estén prestando servicios, adquisición de equipos para conversión de camas para la atención.
Ampliación de la capacidad instalada (respuesta); uso de infraestructura en salud que se encuentre cerrada o sin utilización u hoteles.
Expansión a otras infraestructuras.
Resulta importante mencionar que, la planeación y preparación para la implementación de las acciones propuestas, inician desde la primera fase y se van desarrollando en cada una de las fases antes de que estas inicien. La implementación de las acciones debe realizarse al inicio de cada fase de acuerdo con la planeación realizada y es responsabilidad del representante legal de cada actor del SGSSS, activarla de acuerdo con el comportamiento de la prestación de servicios, la tendencia en la presentación de nuevos casos, la utilización de la capacidad instalada, suficiencia de talento humano en salud y la cantidad de EPP con la que se cuente.
Por consiguiente, se describen las fases de respuesta a la pandemia y las acciones a desarrollar por los actores del SGSSS en salud del territorio y el responsable de las mismas, en el marco de sus competencias, con la finalidad de prevenir transmisión cruzada en instituciones de salud, proteger grupos de mayor riesgo, garantizar condiciones de bioseguridad y EPP para todo el Talento Humano en Salud, Garantizar insumos suministros y medicamentos y demás elementos necesarios para la atención de pacientes, redireccionar uso de capacidad instalada a pacientes con infección por SARSCoV-2 (COVID-19), expansión de capacidad instalada para mitigar saturación de la capacidad disponible y garantizar disponibilidad de recurso humano para la atención.
Debido a lo anteriormente mencionado, se les hace una invitación especial, a tener en cuenta este Plan de Acción para la Prestación de Servicios de Salud durante las Etapas de Contención y Mitigación de la Pandemia y trabajar de la mano con los actores del SGSSS en salud que correspondan, con la finalidad de garantizar la salud y vida de todos los habitantes del territorio nacional.